El Bono Social es un importante descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables por sus condiciones socioeconómicas.
¿Quién puede beneficiarse del Bono Social?
Para beneficiarte del Bono Social es imprescindible tener contratada la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.
Además, deberás cumplir los requisitos para ser considerado cliente vulnerable en mayor o menor grado.
¿Cuáles son los requisitos para ser considerado vulnerable?
Clientes vulnerables
Tendrán un descuento en su factura del 25%.
Se considera que son clientes vulnerables las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes 3 condiciones:
Renta anual inferior o igual a los límites establecidos según el IPREM (el índice de uso habitual para la concesión de ayudas y subsidios):
1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a cargo.
2 veces el IPREM*: si hay 1 menor en la unidad familiar.
2,5 veces el IPREM*: si hay 2 menores en la unidad familiar.
*IPREM anual 14 pagas válido para 2019: 7.519,59 euros.
Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM si se cumple alguna de estas circunstancias:
Que algún miembro de la unidad familiar tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, sea víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
Que algún miembro de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado 2 o 3.
Que se acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).
Pensionistas con la pensión mínima: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos) perciba la pensión mínima (por jubilación o por incapacidad permanente). Además, si tiene otra fuente de ingresos aparte de la pensión su cuantía anual no puede superar los 500€.
Familias numerosas: todas sin excepción.
Clientes vulnerables severos
Tendrán un descuento en su factura del 40%.
Se considera que son clientes vulnerables severos las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan al menos una de las siguientes 3 condiciones:
Renta anual inferior: quienes tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para los clientes vulnerables (ver más arriba).
Pensionistas con pensión mínima y renta inferior: que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o por invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM.
Familias numerosas con renta inferior: aquellas con una renta anual inferior a 2 veces el IPREM.
Clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social
En esta categoría especial entran quienes cumplan estas 2 condiciones:
Haber sido considerados clientes vulnerables severos (ver más arriba).
Estar siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura eléctrica.
Límites en el consumo de electricidad
Los descuentos del 25% y 40% del total de la factura están sujetos a un límite en el consumo de electricidad. Superado este límite, la energía se facturará según los precios de la tarifa regulada (PVPC), sin descuento:
Pensionistas: 1.932 kWh de electricidad consumida al año.
Familias numerosas: 4.140 kWh/año.
Consumidores sin menores a cargo: 1.380 kWh/año.
Consumidores con un menor a cargo: 1.932 kWh/año.
Consumidores con dos menores a cargo: 2.346 kWh/año.
Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de luz y de todos los miembros de la unidad familiar (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y los menores de 14 años que dispongan de él).
En el caso de que el titular forme parte de una unidad familiar, libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil de cada uno de los integrantes de la unidad familiar. En caso de no formar parte de una unidad familiar, hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
Registro Civil
Autoridad Competente
Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
Oficinas de Atención a la Ciudadanía
Ayuntamientos
Fotocopia del título de familia numerosa en vigor.
Solo necesario en caso de familias numerosas.
Oficinas de Atención a la Ciudadanía
Secciones de Familia de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
Certificado de los Servicios Sociales del órgano competente, o del que designe la Comunidad Autónoma, que acredite Circunstancias Especiales:
Discapacidad igual o mayor al 33%.
Víctima de violencia de género.
Víctima de terrorismo.
Dependencia reconocida grados II y III.
Solo necesario en caso de cumplir circunstancias especiales.
Departamento de Asuntos Sociales
Centro Base pertenecientes a las diferentes Consejerías de Servicios Sociales
Cómo solicitar el Bono Social
El Bono Social forma parte del mercado regulado de la energía. En consecuencia, las únicas eléctricas autorizadas a ofrecer el Bono Social son las comercializadoras del mercado regulado (comercializadoras de referencia).
Endesa es una compañía del mercado libre. Para solicitar el Bono Social deberás ponerte en contacto con alguna de las comercializadoras del mercado regulado. Se encargarán de los trámites y te comunicarán si tu solicitud es aceptada o rechazada: